CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE ABONO A LOS SERVICIOS PRESTADOS POR RADIOCABLE INGENIEROS, S. L.
1.Objeto del contrato. Por el presente contrato, la persona física o jurídica (en adelante “CLIENTE”), se abona a uno o más de los servicios prestados por RADIOCABLE INGENIEROS, S. L. (en adelante RK), entre los que se encuentra el servicio de acceso a Internet a través de fibra óptica FTTH, el servicio telefónico de llamadas de voz (telefonía fija), servicio de televisión y servicio IPTV (en adelante, el “servicio” o los “servicios”, y de forma individual, el servicio de acceso a Internet, el servicio telefónico, el servicio TV y el servicio IPTV), de acuerdo con la oferta de RK cuyas características se encuentran publicadas en www.radiokable.net en la fecha de firma del presente contrato, que el CLIENTE declara conocer y aceptar. Estos servicios se prestan al CLIENTE en calidad de CLIENTE final, para uso exclusivo en su domicilio. En ningún caso podrá el CLIENTE revender o distribuir el servicio a terceros. Así mismo, el CLIENTE se hace responsable de extender el cumplimiento de lo establecido en el presente contrato a las personas a su cargo. Todo pedido o solicitud del servicio por parte del CLIENTE, a través de cualquier medio y confirmado por escrito, implica la aceptación de estas condiciones. RADIOKABLE es una marca registrada de RADIOCABLE INGENIEROS S.L.
2. Definiciones.
–CLIENTE: persona física o jurídica que contrata cualquiera de los servicios que ofrece RK.
–Servicio: cualquiera de las posibilidades de contratación ofrecidas por RK a sus CLIENTES y que están en vigor en el momento de la suscripción.
-ONT: Optical Network Terminal o Router de Fibra Óptica. Es el punto de terminación de red (PTR) del operador RK. Es el dispositivo a través del cual RK entrega al CLIENTE sus servicios. Dicho equipo delimita la red de RK y la red del usuario y por tanto las responsabilidades propias de cada una de las partes.
–Servicio de Acceso a Internet: a través de este servicio RK ofrece al CLIENTE conexión a Internet a través de fibra óptica con tecnología FTTH.
–Servicio Telefónico: a través de este servicio RK ofrece al CLIENTE poder realizar y recibir llamadas con un número fijo.
–Servicio TV: a través de este servicio RK ofrece al CLIENTE la posibilidad de disfrutar de distintos contenidos de televisión en abierto o mediante pago al proveedor correspondiente distinto de RADIOCABLE INGENIEROS S.L., usando nuestra red de Fibra Óptica.
–Servicio IPTV: a través de este servicio se ofrece al CLIENTE la posibilidad de disfrutar de distintos contenidos de televisión de otros proveedores, con tecnología IPTV a través de nuestra red de fibra óptica.
3. Precio del Servicio:RK cobrará al CLIENTE por la prestación de los servicios las tarifas vigentes, que el CLIENTE declara conocer y aceptar a través de su oferta, así como el precio de servicios adicionales disponibles en www.radiokable.net. Cualquier modificación al alza en sus tarifas se comunicará al CLIENTE con al menos 30 días de antelación a la fecha de entrada en vigor. La modificación de las tarifas al alza dará derecho al CLIENTE a resolver el contrato. A las tarifas se le aplicarán los tributos que por ley esté obligado a satisfacer el CLIENTE.
4. Facturación y forma de pago. Las facturas presentadas al Cliente contendrán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por los Servicios prestados. La primera factura se emitirá el primer día del mes siguiente a la instalación, facturándose los Servicios de dicho mes, en el que se emite la factura, más los servicios y consumos desde la fecha de instalación. Para las siguientes facturas el periodo facturado será los servicios del mes en curso correspondiente, más los consumos del mes anterior. El CLIENTE abonará las cantidades devengadas por la prestación de los servicios solicitados en euros (€), mediante domiciliación bancaria en cuenta corriente española comprometiéndose a tener saldo suficiente para atender los pagos debidos a RK. También podrá abonarlas mediante tarjeta de crédito, ingreso en cuenta o transferencia bancaria en el número de cuenta de RK indicada en la factura. La fecha de pago será aquella en la que la entidad de crédito reciba notificación de RK con el importe a abonar por el CLIENTE o, en su defecto, en la primera semana de cada mes. Las facturas no abonadas en las fechas previstas devengarán un interés de demora igual al interés legal más dos puntos con un mínimo de 25€ (I.V.A. incluido), importe que será cobrado de forma automática por RK mediante las formas de pago anteriormente descritas. Asimismo, RK podrá ejecutar los depósitos, fianzas o demás garantías establecidas en el apartado 5 de estas condiciones. Las facturas serán remitidas a la dirección de correo electrónico facilitada por el CLIENTE en su contrato. Si el CLIENTE desea el envío postal de las mismas, deberá solicitarlo por correo electrónico a la dirección radiokable@radiokable.net.
5. Depósitos de Garantía. RK podrá exigir la constitución de depósitos de garantía en el momento de contratar los Servicios o durante la vigencia del Contrato cuando: a) el CLIENTE hubiera dejado impagados uno o varios recibos; b) se hubieran contraído deudas por otro/s contrato/s de abono, vigentes o no, o se retrasen de modo reiterado en el pago de los recibos; c) el CLIENTE supere un gasto mensual superior al umbral de riesgo establecido en www.radiokable.net o en su defecto 300€ en su última factura; d) Si el CLIENTE no dispone de Documento Nacional de Identidad (DNI, NIE o CIF) para la firma del contrato, deberá depositar una garantía de 100€ antes de la instalación del servicio. e) El depósito podrá constituirse en efectivo, cargo en cuenta bancaria o mediante aval bancario a elección del CLIENTE. Los depósitos no serán remunerados. Si el CLIENTE con deudas pendientes se diera de baja o solicitara cambio de titularidad de su abono, RK podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída, quedando el remanente a disposición del abonado. Si el CLIENTE hubiera pagado todos los recibos, el depósito será devuelto íntegramente en un plazo de 15 días desde el día siguiente a aquél en el que se cumpla lo recogido en el párrafo anterior.
6. Desconexión del servicio de red inteligente y de tarificación ADICIONAL. El servicio telefónico de RK se suministra a través de la red de fibra óptica con tecnología de voz sobre IP. Los servicios de red inteligente y de tarificación adicional estarán desactivados por defecto. El CLIENTE podrá solicitar la conexión de los servicios de red inteligente y de tarificación adicional.
7. Derecho de compensación por la interrupción temporal del Servicio. En el supuesto de que el CLIENTE sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a Internet, RK está obligado a indemnizarle al menos con una cantidad que se determina prorrateándose la cuota mensual por el tiempo en que la línea estuvo interrumpida. La compensación será aplicable cuando el importe sea superior a 1€. Dicho plazo será computado desde el momento en que el CLIENTE haya notificado al servicio de atención al cliente de RK el aviso de avería hasta el momento en que se restablece el servicio. El CLIENTE tendrá que dirigir su petición al servicio de atención al cliente dentro del plazo de los 7 días naturales a contar desde el restablecimiento del servicio.RK estará obligado a indemnizar automáticamente al CLIENTE en la factura correspondiente al periodo inmediato al considerado, cuando la interrupción del servicio se haya producido de manera continua o discontinua y sea superior a 6 horas en horario de 8:00 a 22:00.
Para el caso del servicio telefónico disponible al público, RK deberá indemnizar al CLIENTE con la cantidad mayor de las siguientes: a)El promedio del importe facturado por este servicio durante los 3 meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el período de duración de la interrupción; b)cinco veces la cuota mensual del abono, prorrateado por el tiempo de duración de ésta. En casos de interrupción por fuerza mayor, RK devolverá al CLIENTE el importe de la cuota de abono prorrateado por el tiempo de duración de la misma. Esta cantidad se compensará en la factura que se emita inmediatamente después del restablecimiento del servicio. No será de aplicación lo dispuesto en el apartado anterior cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes: a) incumplimiento grave por el CLIENTE de las condiciones contractuales; b) por los daños producidos a la red debido a la conexión por el CLIENTE de equipos terminales cuya conformidad no haya sido evaluada de acuerdo con la normativa vigente; c) uso inadecuado de los equipos por parte del CLIENTE. Para cualquier servicio, RK no será responsable, en caso de imposibilidad de dar servicio, si ello se debe a interrupciones prolongadas del suministro eléctrico, líneas de telecomunicaciones, etc., conflictos sociales, incendios, explosiones, inundaciones, actos y omisiones del Gobierno y, en general, todos los supuestos de fuerza mayor. Tampoco le será exigible responsabilidad en caso de que la imposibilidad de dar Servicio se deba al propio CLIENTE o a toda persona autorizada por él, o existan impedimentos o condicionantes para el uso de las zonas comunes para la instalación o mantenimiento del sistema, en cuyo caso se aplicará el reglamento de ICT.
8.Baja temporal del servicio a solicitud del CLIENTE. Para acogerse a la baja temporal El CLIENTE deberá cumplir las siguientes condiciones: a) No tener Permanencia pendiente. b) Facturación mínima en la conexión de Internet de 20.58€+iva. c) Abonar mínimo una factura del servicio con la conexión Activada. El CLIENTE podrá solicitar formalmente y por escrito, a través del servicio de atención al cliente, la baja temporal del servicio con un mínimo de 15 días de antelación a la emisión de la próxima factura. El periodo de baja temporal deberá ser por meses naturales, y no sobrepasará un máximo de 11 meses anuales. La baja temporal del servicio implica una facturación inmediata del saldo pendiente, que deberá ser atendida en la misma forma y con las mismas condiciones que las previstas en la cláusula 3 del presente contrato. En caso de baja temporal, la mensualidad será de 7,44€ + iva. La conexión a internet se mantendrá con un velocidad de 4Mb durante el periodo de baja temporal.
9. Suspensión temporal o definitiva del servicio a instancias de RK. El retraso en el pago total o parcial por parte del CLIENTE durante un período superior o igual a 1 mes desde la presentación al pago de la factura por el servicio, facultará a RK a la suspensión temporal del servicio contratado por el CLIENTE previa notificación de esta medida, requiriendo el pago e indicando la fecha en que se realizará la suspensión del Servicio, que no podrá ser día inhábil. RK restablecerá el servicio dentro del día laborable siguiente a aquel en que el CLIENTE haya realizado y notificado el pago de las facturas correspondientes. El retraso en el pago del servicio por un período superior a un mes (tres meses para servicio de teléfono fijo) o la suspensión temporal del contrato en una ocasión por mora en el pago de los servicios correspondientes, dará derecho a RK a la interrupción definitiva del Servicio y a la correspondiente resolución del contrato. Dicha resolución afectará sólo a los servicios respecto a cuyo pago se haya incurrido en mora. El impago del cargo por los servicios de tarificación adicional, Internet o cualesquiera otros que no sean el telefónico sólo dará lugar a la suspensión de tales servicios. La suspensión del servicio telefónico por falta de pago supondrá el mantenimiento de las llamadas entrantes y las salientes de urgencias, con excepción de cobro revertido. La suspensión no exime al CLIENTE del pago de las cuotas fijas. En el supuesto impago del servicio contratado por parte del CLIENTE, RK podrá comunicar los datos del impago a ficheros relativos al cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones dinerarias del CLIENTE, habiéndose requerido de pago en al menos una vez.
10. Calidad y mantenimiento del Servicio. RK adoptará las medidas necesarias para asegurar la permanencia, continuidad y calidad de la prestación de los servicios contratados conforme a los niveles de calidad establecidos en la normativa vigente en cada momento. Para garantizar dicha calidad, RK aplicará políticas de calidad de servicio (QoS) para medir y gestionar el tráfico de forma que se evite saturar o agotar el enlace de red. RK dispone de un sistema de gestión y monitorización de sus redes con servicio atendido 24 horas al día los 365 días del año, que garantizan una disponibilidad en su red del 99,8%. Sin embargo, para garantizar la disponibilidad total del servicio ofrecido, RK pone a disposición del CLIENTE un servicio de mantenimiento estándar para los servicios residenciales. El objetivo de tiempo de respuesta a averías no será mayor de 12 h laborables con objetivo de tiempo de resolución de averías no mayor a 72 horas. El objetivo de tiempo de respuesta a averías para los servicios profesionales no será mayor de 8 h laborables con objetivo de tiempo de resolución de averías no mayor a 24 horas. El horario de resolución de incidencias es de 8 horas al día (laborables), durante todo el año. Para el diagnóstico/resolución de la avería, el CLIENTE debe estar disponible para realizar las pruebas conjuntas. El tiempo de no disponibilidad del CLIENTE para dichas pruebas podrá descontarse del cómputo total de duración de la avería. RK como titular del equipo terminal de red (ONT/Router, y cable óptico hasta la roseta óptica, incluida ésta), se hace responsable del mantenimiento de dichos equipos sin cargo alguno para el CLIENTE, siempre y cuando el CLIENTE cumpla con las obligaciones expresadas en el apartado 19 de este contrato. RK no se hace responsable del mantenimiento ni correcta prestación del servicio cuando el CLIENTE utilice equipos terminales ajenos conectados a la ONT/ROUTER. El CLIENTE podrá contactar con los servicios técnicos de RK según lo dispuesto en el apartado 21.
11. Reclamaciones. El CLIENTE podrá dirigirse a esta empresa, a través de los servicios de atención al cliente, para presentar reclamaciones sobre el funcionamiento y la calidad del Servicio, la aplicación de precios, la facturación o cualquier otra cuestión que pudiera plantearse en relación con la prestación del servicio. El CLIENTE podrá efectuar las reclamaciones en el plazo de 1 mes desde el hecho motivador de la reclamación, contactando a través de los medios indicados en el apartado 21. Formulada la reclamación, si el CLIENTE no hubiera obtenido respuesta de RK en el plazo de 10 días hábiles, podrá dirigir su reclamación a las Juntas Arbitrales de Consumo o a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. No se suspenderá o interrumpirá el servicio mientras que la reclamación se esté sustanciando, siempre que el CLIENTE consigne fehacientemente el importe adeudado, entregando el correspondiente resguardo a RK. El CLIENTE tiene derecho a obtener un documento acreditativo del contenido de su reclamación, así como un número de referencia de la misma. La disconformidad de un abonado con la facturación de los servicios de tarificación adicional no podrá dar lugar a la suspensión del servicio telefónico si el abonado paga el importe del mismo, excluidos todos los conceptos relativos a los servicios de tarificación adicional. Para que el abonado no pueda ser suspendido del servicio de tarificación adicional, será necesario que presente una reclamación ante las autoridades competentes y que, mientras se esté sustanciando dicha reclamación, consigne fehacientemente el importe adeudado, entregando el correspondiente resguardo a RK. El impago del cargo por los servicios de tarificación adicional, acceso a Internet o de cualesquiera otros distintos del servicio telefónico disponible al público, sólo dará lugar a la suspensión de tales servicios.
12. Cesión a terceros. El CLIENTE no podrá ceder su posición en este contrato, salvo consentimiento expreso, por escrito, por parte de RK.
13. Duración, terminación, resolución Y DESISTIMIENTO del contrato. El contrato entre las partes tendrá una duración de un año (1), prorrogándose por periodos de un año (1) si ninguna de las partes acuerda lo contrario. El CLIENTE podrá resolver el contrato en cualquier momento, con una antelación mínima de dos días hábiles a la fecha definitiva de resolución, siempre que el CLIENTE esté al corriente de pago de todas las facturas emitidas por el servicio de Internet y telefonía de RK. El contrato finalizará cuando concurran cualquiera de las siguientes causas: a) mutuo acuerdo entre las partes; b) que cualquiera de las partes se vea incursa en un procedimiento de insolvencia, ya sea voluntaria o involuntariamente, incluyendo concurso de acreedores, liquidación o procedimientos equivalentes a los citados. Si el CLIENTE se acoge a alguna promoción descrita en el anverso del contrato, deberá abonar a RK las cantidades en su totalidad o en parte proporcional de las que el CLIENTE se haya beneficiado; estas cantidades están condicionadas a las ventajas adquiridas a cambio del compromiso de permanencia.
13.1. Cuando en el anverso del contrato, en los campos definidos como “Precio Instalación”, aparezca “0 Euros” o una cantidad inferior a 86€+IVA, el CLIENTE estará acogiéndose implícitamente a la promoción de precios bonificados, obligándose a una permanencia de 12 a 24 meses en los servicios contratados, en función de los precios que aparezcan en el anverso del contrato. En caso de resolución anticipada del contrato, se calculará el importe a pagar de la siguiente forma: se tomará como base el precio de “Cuota de Instalación= 104,06€” (I.V.A. incluido), restando el importe abonado en los campos “Precio Instalación”. El CLIENTE tendrá que abonar la cantidad resultante, prorrateada por los días que le resten para cumplir el compromiso de permanencia hasta la fecha de baja. Esta fórmula será aplicada también en el caso de que RK dé por finalizado en contrato con el CLIENTE a causa de impago de alguno de los servicios.
13.2. Cuando el CLIENTE se beneficie de algún producto o servicio en PROMOCIÓN, estará obligándose a una permanencia de 12 a 24 meses en los servicios contratados. En caso de incumplimiento de dicha permanencia, el cliente deberá abonar los importes de los que se hubiera beneficiado sin estar sujeto a dicha promoción restando las cantidades abonadas previamente.
13.3. El CLIENTE dispone de un plazo de 14 días naturales desde la firma del contrato, siempre que la instalación no se haya llevado a cabo, para ejercer su derecho de cancelación sin coste. Pasado este plazo o realizada la instalación el CLIENTE asumirá la penalización indicada.
14. Equipos. RK suministrará en régimen de cesión la unidad ONT para la prestación del servicio de Internet. Así como, la instalación de la línea de fibra óptica desde la caja de terminación óptica (CTO) hasta la roseta óptica en casa del abonado (hasta 50m). El exceso de dicha acometida será objeto de un presupuesto adicional. Las reparaciones o instalaciones de nuevos conductos que fuesen necesarias para llevar a cabo la instalación de la acometida de fibra dentro la propiedad del CLIENTE, no son responsabilidad de RK ni están considerados en el precio de instalación del servicio. El CLIENTE será responsable de los equipos propiedad de RK, en tanto en cuanto estén en su posesión y no añadirá, suprimirá, modificará o provocará interferencias en dichos equipos. El CLIENTE será responsable ante RK de cualquier pérdida o daño a los equipos, a sus aplicaciones, datos o a los de otros CLIENTES de RK, excepto en el caso de que estos hechos se produzcan debido a la negligencia de RK. El CLIENTE indicará, a quién resulte pertinente, que los equipos son propiedad de RK. En caso de fallos en el equipo suministrado o de instalación inadecuada, por causas no imputables directamente a RK, este no será responsable de los cargos de aquellas llamadas que se cursen a través de otro operador de acceso de telecomunicaciones correspondientes a dicho motivo. RK únicamente será responsable de la sustitución, reparación, reprogramación o incomunicación provocada por el equipo. El CLIENTE podrá instalar material de su propiedad siempre y cuando dicho material cuente con el correspondiente certificado de aceptación, de conformidad con la Ley 11/2022.
RK no será responsable en ningún caso de la calidad de la comunicación derivada del uso de los equipos propiedad del CLIENTE. Los equipos (ONT/ROUTER) que hubiesen sido entregados al CLIENTE en mano o instalados en su domicilio estarán en depósito y son propiedad de RK. Cuando el cliente solicite la baja en el servicio, se obliga a entregar dichos equipos según el artículo 21. En caso de no hacerse efectiva la entrega de los equipos en el plazo de 15 días desde la baja efectiva del servicio, RK podrá reclamar la cantidad de 175€ + IVA por el equipo ONT.
15. Legislación aplicable. Los servicios contratados por el cliente estarán sujetos al régimen que en cada momento establezca la normativa española vigente. El presente contrato podrá ser modificado de conformidad con la legislación vigente y previa notificación escrita al CLIENTE. Si el CLIENTE no estuviera conforme con la modificación, podrá comunicar a RK su voluntad de resolver el contrato en un plazo de 1 mes desde que reciba la notificación. Transcurrido dicho plazo sin que RK haya recibido comunicación alguna, se entenderá que el CLIENTE acepta las modificaciones. En caso de incompatibilidad entre las condiciones generales y las condiciones específicas aplicables a cada uno de los servicios contratados por el CLIENTE, prevalecerán las específicas sobre las generales. Las partes reconocen expresamente que los registros informáticos de RK y su reproducción constituyen prueba válida y suficiente de los servicios solicitados y efectivamente consumidos por el CLIENTE. RK pondrá a disposición de sus CLIENTES un departamento de “mediación” el cual estará encargado de iniciar los procedimientos de resolución de litigios de conformidad a la ley 11/2022 y a las órdenes que lo regulen. El CLIENTE y RK se someten expresamente al sistema arbitral de consumo para dirimir cualquier discrepancia o reclamación derivada del presente contrato, salvo en los casos de retraso o falta de pago por parte del CLIENTE. Para todas las cuestiones judiciales que sean propuestas o consecuencia del procedimiento arbitral, los contratantes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales correspondientes al lugar del suministro.
16. Validez del contrato. Si por causas técnicas RK no pudiese prestar el Servicio al CLIENTE, RK comunicará al CLIENTE esta circunstancia de forma inmediata y éste podrá optar por otro Servicio o resolver el Contrato. Si las causas fuesen de otra índole ajenas a RK, para la resolución del contrato el CLIENTE deberá asumir la penalización indicada en el apartado 13.1.
17. Seguridad y Vulnerabilidad. En caso de incidentes de seguridad, integridad o de amenazas y vulnerabilidad, RK pondrá los medios técnicos y humanos a su alcance para eliminar dicho incidente; en primer lugar, mediante acciones correctivas aplicadas en nuestros sistemas y redes, y en segundo lugar mediante la implantación de aplicaciones o configuraciones correctivas en los sistemas que permitan bloquear y detectar dichas amenazas.
18. Clausulas específicas del Servicio de Telefonía.
18.1. El servicio de telefonía de RK será proporcionado a través de la red de fibra óptica de RK. Este servicio, provisto por tecnología de voz sobre IP, permitirá al CLIENTE emitir y recibir llamadas desde un número fijo. Este servicio solo se prestará mientras el CLIENTE disponga del servicio de acceso a Internet de RK.
18.2. RK adoptará las medidas oportunas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de RK, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el CLIENTE o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general, de cuantas acciones u omisiones, no imputables a RK, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. RK informa de que presta el servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el CLIENTE no desee que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de los usuarios, y con el fin de preservar la identidad de sus CLIENTES, RK pone a su disposición medios para restringir las facilidades de identificación de línea llamante y de línea conectada. El CLIENTE podrá disponer de dicha información en el servicio de atención al CLIENTE.
18.3. El CLIENTE tiene derecho a la conservación de su número telefónico de acuerdo con lo establecido en la ley 11/2022 y en las Especificaciones Técnicas de los Procedimientos Administrativos para la conservación de numeración aprobadas por resolución de la CNMC.
19. OBLIGACIONES GENERALES DEL CLIENTE
19.1. El CLIENTE se compromete a mantenerse al corriente de pago con RK en los términos establecidos en el punto 4, así como a no utilizar el servicio en contravención de la normativa vigente, en especial, la relativa a los derechos fundamentales, libertades públicas y propiedad industrial.
19.2. El CLIENTE será responsable frente a cualquier reclamación, acción legal, judicial o extrajudicial, iniciada por terceras personas, tanto contra el propio CLIENTE como contra RK, basadas en las aplicaciones o contenidos del CLIENTE alojados en el Servidor/es compartido/s, asumiendo éste cuantos gastos, costes y perjuicios sean irrogados a RK con motivo de tales reclamaciones o acciones legales.
19.3. RK se reserva el derecho a interrumpir el servicio contratado por el CLIENTE, notificándoselo por escrito, en caso de divulgar, transmitir o alojar en el/los servidor/es compartido/s cualquier tipo de información que RK considere ilegal, abusiva, difamatoria, ofensiva o pornográfica; en caso de desarrollar a través del Servidor/es, o en relación con el/los mismo/s, cualquier práctica o comportamiento contrario a las normas comúnmente aceptadas como respetuosas, así como en el caso de que el CLIENTE, a través del servidor/es compartido/s, publique o distribuya cualquier información o software que contenga virus, manipulación ilegal de software, violaciones de copyright y marcas comerciales o contrabando ilegal, y en general cualquier actividad que suponga una violación de las disposiciones legales vigentes, o pueda repercutir en el correcto funcionamiento de la plataforma de RK.
19.4. RK adoptará las medidas precisas cuando así le sea exigido por orden de la autoridad judicial o administrativa competente, y podrá poner en conocimiento de las autoridades competentes aquellos hechos que puedan considerarse ilegales de acuerdo con la legislación vigente.
19.5. RK no prestará servicio de soporte técnico relativo a la configuración del software instalado en equipos del CLIENTE, programación o desarrollo de scripts o páginas ASP o diseño de bases de datos.
19.6. El CLIENTE declara conocer las condiciones de funcionamiento del servicio y que dispone del equipamiento necesario para que el servicio suministrado por RK funcione de manera correcta. Así mismo, manifiesta disponer o tener acceso al servicio proporcionado por RK, exonerando a la empresa de cualquier fallo en la calidad de la recepción de los servicios debido a las deficientes condiciones de su equipamiento.
20. OBLIGACIONES DE RK.
20.1 RK se compromete a prestar al CLIENTE los Servicios ofertados en los términos y condiciones reflejados en la oferta comercial.
20.2. En cualquiera de las modalidades contratadas, RK se obliga a mantener los servicios con la configuración descrita en la oferta comercial contratada. Se entiende por avería cualquier interrupción o mal funcionamiento del Servicio, o variación respecto de lo descrito en dicha oferta comercial. En caso de que exista o se detecten posibles indicios de avería, RK comprobará si efectivamente existe una incidencia, en ese caso, asegurará la restitución del servicio con la configuración descrita en dicha oferta comercial. Para ello podrá actuar remotamente o acceder hasta las instalaciones del CLIENTE en el caso de que RK lo considere necesario, para actuar sobre algún elemento de la red ubicado antes de la ONT o sobre ésta. En el caso de que en el curso de una intervención en que se realice un acceso a las instalaciones del CLIENTE, se demuestre fehacientemente que la causa de la avería está producida por una manipulación indebida de los equipos de RK por parte del CLIENTE, o bien que no existe avería, RK se reserva el derecho de repercutir al CLIENTE los costes incurridos por dicha actuación. En cualquier caso, la manipulación indebida de equipos de RK por parte del CLIENTE exime a RK de cualquier responsabilidad sobre el servicio.
20.3. A petición del CLIENTE, RK le proporcionará en exclusiva un identificador y contraseña personal para que pueda acceder al servicio de consulta facturas, consumos y servicios contratados y a las aplicaciones alojadas en la plataforma informática de RK. El CLIENTE deberá mantener ambas en la más estricta confidencialidad bajo su responsabilidad, asumiendo cuantos daños o consecuencias se pudieran derivar del quebrantamiento o revelación del secreto. El identificador y contraseña para acceder al Servicio son exclusivos para el acceso contratado y el lugar contratado.
20.4. RK será responsable de la guarda y custodia de la plataforma informática ubicada en un recinto gestionado por la compañía y correctamente acondicionado.
20.5. RK no será responsable por los daños y perjuicios de cualquier clase que pudieran deberse al conocimiento por parte de terceros de las condiciones, características y circunstancias del uso de Internet por el CLIENTE, o que puedan deberse al acceso y, en su caso, a la interceptación, eliminación, alteración o modificación en cualquier modo de los contenidos y comunicaciones de toda clase que los CLIENTES transmitan, difundan, almacenen, reciban o accedan a través de los servicios contratados. Tampoco lo será por los que puedan deberse a la presencia de virus o cualquier elemento lesivo en los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos o a los que se acceda a través de los servicios contratados.
20.6. La responsabilidad de RK estará, en todo caso y para cualquier tipo de daño, limitada al precio abonado por el CLIENTE durante el periodo de vigencia del contrato. En ningún caso será responsable del lucro cesante.
20.7. RK no se responsabiliza, en el caso de los traspasos de servicios de Internet desde otro proveedor, de las posibles penalizaciones que el CLIENTE pueda incurrir por incumplimiento de contrato del servicio suscrito entre el CLIENTE y el otro proveedor. Tal como se establece en el objeto del presente contrato, el CLIENTE autoriza pero no obliga a RK a realizar el traspaso al firmar el presente contrato.
21.ATENCIÓN AL CLIENTE. El CLIENTE puede dirigirse al Servicio de Atención al CLIENTE que RK pone a su disposición los días laborables de 9:00 a 20:30, en Avda Juan Pablo II, 94 o bien dirigiéndose a los puntos de atención al CLIENTE publicados en www.radiokable.net, o en el teléfono 958 998 100. Asimismo, podrá contactar las 24 horas del día, dejando un mensaje en nuestro buzón de voz o a través del email: radiokable@radiokable.net para información y otras consultas o para cuestiones técnicas.
Condiciones contrato RadioFibra
1. OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente Contrato, la persona física o jurídica (en adelante el “Cliente”), cuyos datos se recogen en el apartado “Titular del Contrato” del presente documento, se abona a uno o más servicios prestados por RADIOCABLE INGENIEROS S.L. En adelante RCING, entre los que se encuentran el Servicio de Acceso a Internet y el servicio telefónico fijo disponible al público en su modalidad de acceso directo, (en adelante, el “Servicio” o los “Servicios”), de acuerdo con la Oferta realizada por RCING cuyas características se encuentran en radiokable.net, que el Cliente declara conocer y aceptar. Este servicio se presta al Cliente en calidad de Cliente final, para su uso exclusivo en su domicilio, en ningún caso podrá el Cliente revender o distribuir el servicio a terceros. Asimismo el cliente se hace responsable de extender el cumplimiento de lo establecido en el presente contrato a las personas a su cargo. RADIOKABLE es una marca registrada de RADIOCABLE INGENIEROS S.L.
2. PRECIO DEL SERVICIO
RCING cobrará al Cliente por la prestación de los Servicios las tarifas vigentes, y que el Cliente declara conocer y aceptar a través de su Oferta, así como el precio de servicios adicionales, disponibles en radiokable.net. Cualquier modificación en las tarifas se comunicar al Cliente con al menos 30 días de antelación a la fecha de entrada en vigor. La modificación de las tarifas dará derecho al Cliente a resolver el Contrato. A las tarifas se aplicarán los tributos que por ley esté obligado a satisfacer el Cliente.
3. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
Las facturas presentadas al Cliente contendrán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por los Servicios prestados. La primera factura se emitirá el primer día del mes siguiente a la instalación, facturándose los Servicios de dicho mes, en el que se emite la factura, más los servicios y consumos desde la fecha de instalación. Para las siguientes facturas el periodo facturado será los servicios del mes en curso correspondiente, más los consumos del mes anterior. El Cliente abonará las cantidades devengadas por la prestación de los Servicios solicitados, mediante domiciliación bancaria de las facturas en la cuenta corriente que el Cliente haya designado, y en la que el Cliente se compromete a tener saldo suficiente para atender a los pagos debidos a RCING o bien mediante cualquier otro medio de pago de entre los comúnmente aceptados en el tráfico comercial. También podrá abonarlas mediante tarjeta de crédito o débito. Las tarjetas que se admiten en pasarela de pago son, para las tarjetas de crédito, VISA, MASTERCARD, RED 6000 y para las tarjetas de débito, MASTERCARD. La fecha en la que se debe realizar el pago será aquella en la que la entidad de crédito en la que esté domiciliada la cuenta reciba notificación de RCING, con el importe a abonar por el Cliente o en su defecto en la primera semana de cada mes. Las facturas no abonadas en las fechas previstas, por causas no imputables a la entidad de crédito, devengarán un interés de demora igual al interés legal más dos puntos, con un mínimo de 3€ (igual interés de demora se aplicará para el caso de que, como consecuencia de una reclamación, el Cliente tenga derecho al reintegro de alguna cantidad por parte de RCING), sin perjuicio de las consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, y que podrán suponer, inclusive, la suspensión o cancelación del Servicio, previa comunicación de esto último en un plazo no inferior a 30 días. Las facturas serán remitidas a la dirección de correo electrónico facilitada por el CLIENTE en su contrato. Si el CLIENTE desea el envío postal de las mismas, deberá solicitarlo por correo electrónico a la dirección radiokable@radiokable.net.
4. DEPÓSITOS DE GARANTÍA
RCING podrá exigir la constitución de depósitos de garantía, en el momento de contratar los Servicios o durante la vigencia del Contrato cuando: a) el Cliente hubiera dejado impagados uno o varios recibos, en tanto subsista la morosidad, b) se hubieran contraído deudas por otro/s Contrato/s de abono, vigentes o no, o se retrasen de modo reiterado en el pago de los recibos, c) el Cliente supere un gasto mensual superior al umbral de riesgo establecido en radiokable.net d) el Cliente preste Servicio a equipos terminales de uso público para su explotación por terceros en establecimientos públicos o de tarificación adicional. El depósito podrá constituirse en efectivo, cargo en cuenta o mediante aval bancario a elección del Cliente. Los depósitos no serán remunerados. Si el Cliente con deudas pendientes se diera de baja o solicitara cambio de titularidad de su abono, RCING podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída, quedando el remanente a disposición del abonado. Si el Cliente hubiera pagado todos los recibos, el depósito será devuelto íntegramente en un plazo de 15 días desde el día siguiente a aquél en el que se cumplan lo recogido en el párrafo anterior.
5. DESCONEXIÓN SERVICIO DE LLAMADAS INTERNACIONALES Y DE TARIFICACIÓN ADICIONAL
Este tipo de servicios están desactivados por defecto. El Cliente podrá solicitar la conexión de llamadas internacionales y de tarificación adicional. A estos efectos el Cliente comunicará a RCING su intención de conectarse al Servicio de llamadas internacionales y/o de tarificación adicional, marcando la casilla correspondiente en este mismo contrato.
6. DERECHO DE COMPENSACIÓN POR LA INTERRUPCIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO
En el supuesto de que el Cliente sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a Internet, RCING está obligado a indemnizarle al menos con una cantidad que se determina prorrateándose la cuota mensual por el tiempo en que la línea estuvo interrumpida. La compensación será automática cuando el importe sea superior a 1€. Dicho plazo será computado desde el momento en que el Cliente haya notificado al Servicio de Atención al Cliente el aviso de avería hasta el momento en que se restablece el servicio. El Cliente tendrá que dirigir su petición al Servicio de Atención al Cliente dentro del plazo de los 7 días naturales a contar desde el restablecimiento del servicio.
Para el caso del servicio telefónico disponible al público, RCING deberá indemnizar al Cliente con la cantidad mayor de las siguientes: a) El promedio del importe facturado por este Servicio durante los 3 meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el período de duración de la interrupción. b) Cinco veces la cuota mensual del abono prorrateado por el tiempo de duración de ésta. En casos de interrupción por fuerza mayor, RCING devolverá al Cliente el importe de la cuota de abono prorrateado por el tiempo de duración de la misma. Esta cantidad se compensará en la factura que se emita inmediatamente después del restablecimiento del Servicio. No será de aplicación lo dispuesto en el apartado anterior cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes: a) Incumplimiento grave por el Cliente de las condiciones contractuales. b) Por los daños producidos a la red debido a la conexión por el Cliente de equipos terminales cuya conformidad no haya sido evaluada de acuerdo con la normativa vigente. c) Uso inadecuado de los equipos por parte del Cliente.
7. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO A SOLICITUD DEL CLIENTE
El Cliente tendrá derecho a solicitar de esta empresa, por escrito y a través del Servicio de Atención al Cliente, la suspensión temporal del Servicio, con un mínimo de 15 días de antelación a la fecha de su efectividad. El período de suspensión estará comprendido entre 1 mes como mínimo y 3 meses como máximo (meses naturales). La suspensión temporal del Servicio implicará una facturación inmediata del saldo pendiente, que deberá ser atendida en la misma forma y con las mismas condiciones que las previstas en la cláusula 3 del presente Contrato. En caso de suspensión se deducirá de la cuota de abono la mitad del importe proporcional al tiempo de suspensión. La suspensión nunca podrá ser superior a 90 días por año natural.
8. SUSPENSIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DEL SERVICIO A INSTANCIA DE RCING
El retraso en el pago total o parcial por parte del Cliente durante un período superior o igual a 1 mes desde la presentación a éste del documento de cargo correspondiente a la facturación del Servicio, facultará a RCING a la suspensión temporal del Servicio contratado por el Cliente previa notificación de esta medida requiriendo el pago e indicando la fecha en que se realizará la suspensión del Servicio, que no podrá ser día inhábil. RCING restablecerá el Servicio dentro del día laborable siguiente a aquel en que tenga conocimiento de que el importe adeudado ha sido satisfecho. El retraso en el pago del Servicio por un período superior a 3 meses o la suspensión temporal del Contrato, en dos ocasiones, por mora en el pago de los Servicios correspondientes, dará derecho a RCING a la interrupción definitiva del Servicio y a la correspondiente resolución del Contrato. La resolución afectará sólo a los Servicios respecto a cuyo pago se haya incurrido en mora. El impago del cargo por los Servicios de tarificación adicional, Internet o cualesquiera otros que no sean el telefónico sólo dará lugar a la suspensión de tales Servicios. La suspensión del Servicio telefónico por falta de pago supondrá el mantenimiento de las llamadas entrantes y las salientes de urgencias, con excepción de cobro revertido. La suspensión no exime al Cliente del pago de las cuotas fijas.
9. CALIDAD Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO
RCING adoptará las medidas necesarias para asegurar la permanencia, continuidad y calidad de la prestación de los servicios contratados conforme a los niveles de calidad establecidos en la normativa vigente en cada momento. Asimismo garantizará como mínimo un 25% de la velocidad máxima contratada. Para garantizar dicha calidad RCING aplicará políticas de calidad de servicio (QoS) para medir y gestionar el tráfico de forma que se evite saturar o agotar el enlace de red.
RCING dispone de un sistema de gestión y monitorización de sus redes, con servicio atendido 24 horas al día los 365 días del año, que garantizan una disponibilidad en su red del 99,8%. Sin embargo para garantizar la disponibilidad total del servicio ofrecido a Nuestros Clientes, RCING pone a disposición del CLIENTE dos tipos de mantenimiento: a) Mantenimiento Standard para los Servicios Residenciales. El Objetivo de tiempo de respuesta a averías será no mayor de 12 h Laborables con objetivo de tiempo de resolución de averías no mayor a 72 horas. b) Mantenimiento Standard para los Servicios Profesionales PRO. El Objetivo de tiempo de respuesta a averías será no mayor de 8 h Laborables con objetivo de tiempo de resolución de averías no mayor a 24 horas.
El horario de resolución de incidencias es de 8 horas al día (Laborables), durante todo el año. Para el diagnóstico/resolución de la avería el cliente debe estar disponible para realizar las pruebas conjuntas. El tiempo de no disponibilidad del cliente para dichas pruebas podrá descontarse del computo total de duración de la avería. RCING como titular del equipo CPE (Antena, Alimentador, cableado entre estos y adaptador telefónico), se hace responsable del mantenimiento de dichos equipos sin cargo alguno para el cliente, siempre y cuando el CLIENTE cumpla con las obligaciones expresadas en el punto 14 de este contrato. Los equipos terminales de red (Router) suministrados por RCING, están cubiertos con un servicio de mantenimiento y garantía de por vida, siempre que el cliente se encuentre al corriente de pago y estos no hayan sido indebidamente manipulados. Así mismo, quedan excluidos a tal efecto la reparación de averías debidas a casos fortuitos o de fuerza mayor (inundaciones, rayos eléctricos, etc.), o debidos a desperfectos ocasionados por culpa o negligencia del Cliente o Terceros. Los Equipos Terminales de Red suministrados por RCING, son compatibles con otros operadores WIMAX. RCING no se hace responsable del mantenimiento ni correcta prestación del servicio cuando el CLIENTE utilice equipos terminales ajenos. El CLIENTE podrá contactar con los servicios técnicos de RCING, los días laborables de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00, dirigiéndose al punto de atención al cliente que RCING tiene en Albolote, Granada, C/ Deifontes, parcela R-230 B del pol. JUNCARIL o en el 958 998100. Así mismo podrá contactar las 24 horas del día, dejando un mensaje en nuestro Buzón de Voz o a través del email radiokable@radiokable.net
10. RECLAMACIONES
El Cliente podrá dirigirse a esta empresa, a través de los Servicios de Atención al Cliente, para presentar reclamaciones sobre el funcionamiento y la calidad del Servicio, la aplicación de precios, la facturación, o cualquier otra cuestión que pudiera plantearse en relación con la prestación del Servicio. El Cliente podrá efectuar las reclamaciones en el plazo de 1 mes desde el hecho motivador de la reclamación, contactando a través de los medios indicados en el punto 9. Formulada la reclamación, si el Cliente no hubiera obtenido respuesta satisfactoria de RCING en el plazo de 1 mes, podrá dirigir su reclamación a las Juntas Arbitrales de Consumo o a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. No se suspenderá ni interrumpirá el Servicio mientras que la reclamación se esté substanciando, siempre que el Cliente consigne fehacientemente el importe adeudado, entregando el correspondiente resguardo a RCING. El Cliente tiene derecho a obtener un documento acreditativo del contenido de su reclamación así como un número de referencia de la misma. La disconformidad de un abonado con la facturación de los Servicios de tarificación adicional no podrá dar lugar a la suspensión del Servicio telefónico si el abonado paga el importe del mismo, excluidos todos los conceptos relativos a los Servicios de tarificación adicional. Para que el abonado no pueda ser suspendido del Servicio de tarificación adicional será necesario que presente una reclamación ante las autoridades competentes y que, mientras se esté substanciando dicha reclamación, consigne fehacientemente el importe adeudado, entregando el correspondiente resguardo a RCING. El impago del cargo por los Servicios de tarificación adicional, acceso a Internet o de cualesquiera otros distintos del Servicio telefónico disponible al público, sólo dará lugar a la suspensión de tales Servicios.
11. CESIÓN A TERCEROS
El Cliente está obligado a no ceder su posición en este Contrato, salvo consentimiento expreso, por escrito, por parte de RCING.
12. DURACIÓN, TERMINACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El Contrato tendrá una duración inicial de 1 año, prorrogándose automáticamente por periodos de 1 año de salvo denuncia expresa de las Partes con una antelación de 15 días. El Cliente podrá resolver en cualquier momento el presente Contrato, con antelación mínima de 15 días respecto de la fecha de resolución. Para poder ejercer esta facultad el Cliente, habrá de estar al corriente de pago de todas las facturas. El Contrato finalizará cuando concurra alguna de las siguientes causas: 1) Mutuo acuerdo entre las partes, 2) En el caso que cualquiera de las Partes se viera incursa en un procedimiento por insolvencia, ya sea voluntaria o involuntariamente, incluyendo, concurso de acreedores, liquidación o procedimientos equivalentes a los anteriores.
Si el CLIENTE se acoge a las promociones descritas en el anverso de este contrato, deberá abonar a RCING las cantidades de las que se haya beneficiado, debido a la pérdida de las ventajas puestas a su disposición y que se encuentran condicionadas a su permanencia.
12.1.Cuando en el anverso del contrato en el campo “PRECIO EN PROMOCION” aparezca “0 euros”, El CLIENTE estará acogiéndose implícitamente a la promoción “Alta Gratis”, obligándose a la permanencia de 18 meses en el servicio contratado, utilizando para ello las siguientes formulas de liquidación. Para la liquidación de los compromisos de permanencia asumidos por El cliente en el caso de resolución anticipada por su parte, se calculara con la siguiente fórmula: Se tomara como base de cálculo el precio de “Cuota de Alta” 86€ + IVA, para clientes “Residenciales” y de 172€ + IVA para “Clientes Profesionales y/o Productos PRO”. El Cliente abonara la parte proporcional de dichas cantidades prorrateadas por los días que le resten para cumplir su compromiso de permanencia hasta la fecha de baja. Esta clausula se aplicara igualmente, en el caso de que RCING de por finalizado el contrato con el Cliente, como consecuencia de impago de alguno de los servicios. A tal efecto, El Cliente abonara la parte proporcional de dichas cantidades prorrateadas por los días que le resten para cumplir su compromiso de permanencia desde la fecha de suspensión del servicio.12.2.Cuando El CLIENTE se acoja a cualquier “Servicio o Producto en Promoción”, estará obligándose a la permanencia de 18 meses en el servicio contratado. En caso de incumplimiento de dicha permanencia, este deberá abonar la diferencia entre el precio declarado para ese producto en este contrato y el precio marcado en promoción. RCING no será responsable en caso de imposibilidad de dar Servicio si ello se debe a interrupciones prolongadas del suministro (eléctrico, líneas de telecomunicaciones, etc.), conflictos sociales, incendios, explosiones, inundaciones, actos y omisiones del Gobierno y, en general, todos los supuestos de fuerza mayor. Tampoco le será exigible responsabilidad en caso de que la imposibilidad de dar Servicio se deba al propio Cliente o a toda persona autorizada por él, o existan impedimentos o condicionantes para el uso de las zonas comunes para la instalación del sistema, en cuyo caso se aplicará el reglamento de ICT.
13. EQUIPOS
El Cliente será responsable del equipo propiedad de RCING, en tanto en cuanto esté en su posesión y no añadirá, suprimirá, modificará o provocará interferencias en el equipo. El Cliente será responsable ante RCING de cualquier pérdida o daño del equipo, a sus aplicaciones o datos o a los de otros Clientes de RCING, excepto en el caso de que estos hechos se produzcan debido a la negligencia de RCING o de sus representantes. RCING tendrá derecho a recobrar la posesión del equipo en caso de suspensión del Servicio o finalización del Contrato. Para ello, el Cliente deberá cooperar con RCING para la recuperación del equipo e indicará, a quien resulte pertinente, que el equipo es propiedad de RCING. En caso de fallos en el equipo suministrado o de instalación inadecuada, por causas no imputables directamente a RCING, este no será responsable de los cargos de aquellas llamadas que se cursen a través de otro Operador de Acceso de telecomunicaciones correspondientes a dicho motivo. RCING únicamente será responsable de la sustitución, reparación, reprogramación o incomunicación provocada por el equipo. El Cliente podrá instalar material de su propiedad, siempre y cuando dicho material cuente con el correspondiente certificado de aceptación, de conformidad con el artículo 57 de la Ley General de Telecomunicaciones. RCING no será responsable en ningún caso de la calidad de la comunicación derivada del uso de los materiales propiedad del Cliente. La propiedad de los equipos instalados en el domicilio del abonado (EQUIPO SUBSCRIPTOR + ANTENA+ ALIMENTADOR y ADAPTADOR TELEFONICO) que hubiese sido entregado al cliente en mano o instalado en su domicilio, será propiedad de RCING, no constituye por tanto el pago de la cuota de alta el pago de estos equipos, quedando en la instalación del cliente en depósito por parte de RCING. En el momento de solicitar el cliente la Baja en el servicio, se obliga a entregar dichos equipos o a permitir su retirada al departamento técnico de RCING. En caso de no hacerse efectiva la entrega de los equipos en el plazo de 15 días desde la baja efectiva del servicio, RCING podrá reclamar la cantidad de 199€ + IVA por el equipo subscriptor y/o antena y 99€ + IVA por el Adaptador telefónico. Todos los equipos objeto de la oferta excepto los mencionados, serán propiedad del cliente, una vez sea efectivo el pago de los mismos.
14. LEGISLACIÓN APLICABLE
El Cliente contrata con RCING con sujeción al régimen que en cada momento establezca la normativa española vigente aplicable a los Servicios prestados. El presente Contrato podrá ser modificado de conformidad con la legislación vigente y previa notificación escrita al Cliente. Si el Cliente no estuviera conforme con la modificación, podrá comunicar a RCING su voluntad de resolver el Contrato en un plazo de 1 mes desde que reciba la notificación. Transcurrido dicho plazo sin que RCING haya recibido comunicación alguna, se entenderá que el Cliente acepta las modificaciones. En caso de incompatibilidad entre las Condiciones Generales y las Condiciones Específicas aplicables a cada uno de los Servicios contratados por el Cliente, prevalecerán las específicas sobre las Generales. Las partes reconocen expresamente que los registros informáticos de RCING y su reproducción constituyen prueba válida y suficiente de los servicios de telefonía e Internet solicitados y efectivamente consumidos por el Cliente. RCING pondrá a disposición de sus clientes un departamento de “mediación” el cual estará encargado de iniciar los procedimientos de resolución de litigios de conformidad al artículo 55 de la ley 9/2014 y a las órdenes que lo regulen. El Cliente y RCING se someten expresamente al sistema arbitral de consumo para dirimir cualquier discrepancia o reclamación derivada del presente contrato, salvo en los casos de retraso o falta de pago por parte del Cliente. Para todas las cuestiones judiciales que sean presupuestos o consecuencia del procedimiento arbitral, los contratantes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales correspondientes al lugar del suministro.
15. VALIDEZ DEL CONTRATO
Si por causas tecnológicas RCING no pudiese prestar el Servicio al Cliente, RCING comunicará al Cliente esta circunstancia de forma inmediata. El Cliente podrá optar por otro Servicio o resolver el Contrato.
16. SEGURIDAD Y VULNERABILIDAD
En el caso de incidentes de seguridad, integridad o de amenazas y vulnerabilidad, RCING pondrá los medios técnicos y humanos a su alcance para eliminar dicho incidente, en primer lugar mediante acciones correctivas aplicadas en nuestros sistemas y redes, y en segundo lugar mediante la implantación de aplicaciones o configuraciones correctivas en los sistemas que permitan bloquear y detectar dichas amenazas.
17. CLÁUSULAS ESPECÍFICAS DEL SERVICIO VOZ
17.1. El Servicio de Voz Básica supone la contratación de la línea telefónica RCING y la realización de todas las llamadas a través de RCING y sólo se prestará mientras el Cliente disponga del Servicio de acceso a internet designado en este Contrato.
17.2. RCING adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de RCING, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a RCING, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. RCING informa que presta el servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el Cliente no desee que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de usuarios y con el fin de preservar la identidad de sus Clientes, RCING pone a su disposición medios para restringir las facilidades de identificación de línea llamante y de línea conectada. El Cliente podrá disponer de dicha información en el servicio de Atención al Cliente.
17.3. El Cliente tiene derecho a la conservación de su número telefónico de acuerdo con lo establecido en el R D. 2296/2004 y en las Especificaciones Técnicas de los Procedimientos Administrativos para la conservación de numeración aprobadas por Resolución de la CNMC
17.4. Condiciones de las Tarifas Planas de Voz y de los Bonos en Caso de ser Contratados.
17.4.1. Las tarifas Planas y/o bonos no podrán ser usadas por empresas o particulares cuya actividad profesional esté relacionada con los Servicios de telecomunicaciones, (por ejemplo locutorios, centros de llamadas, plataformas de venta telefónica, etc.). Así mismo la oferta está estrictamente limitada a llamadas de voz, no permitiéndose el uso abusivo o excesivo en ningún caso, (se considerará como tal, por ejemplo, las llamadas de conexión a Internet y/o a otros Servicios de transmisión de contenidos telemáticos que no sean la transmisión simple de voz). Hay así mismo un límite de uso de minutos por línea (Según producto, ver detalles en RADIOKABLE.NET). La Tarifa Plana Nacional es incompatible con cualquier otro esquema de descuentos o tarificación que afecte a las mismas jurisdicciones que la Tarifa Plana.
17.4.2. Bonos: tarificación por segundos, sin franquicia ni establecimiento. Tarificación fuera del bono de acuerdo a las tarifas estándar de RCING.
18. OBLIGACIONES GENERALES DEL CLIENTE
18.1. El Cliente se compromete a no utilizar el Servicio en contravención de la normativa vigente, en especial de la relativa a los derechos fundamentales, libertades públicas y propiedad industrial e intelectual.
18.2. El Cliente será responsable frente a cualquier reclamación, acción legal, judicial o extrajudicial, iniciada por terceras personas, tanto contra el propio Cliente como contra RCING basadas en las aplicaciones o contenidos del Cliente alojados en el Servidor/es compartido/s, asumiendo éste cuantos gastos, costes y perjuicios sean irrogados a RCING con motivo de tales reclamaciones o acciones legales.
18.3. RCING se reserva el derecho a interrumpir el servicio contratado por el Cliente, notificándoselo por escrito, en caso de divulgar, transmitir o alojar en el/los Servidor/es compartidos cualquier tipo de información que RCING considere ilegal, abusiva, difamatoria, ofensiva, o pornográfica, en caso de desarrollar a través del Servidor/es, o en relación con el/los mismo/s, cualquier práctica o comportamiento contrario a las normas comúnmente aceptadas como respetuosas, así como en el caso de que el Cliente, a través del Servidor/es compartido/s, publique o distribuya cualquier información o software que contenga virus, manipulación ilegal de software, violaciones de Copyright y marcas comerciales o contrabando ilegal, y en general cualquier actividad que suponga una violación de las disposiciones legales vigentes, o pueda repercutir en el correcto funcionamiento de la Plataforma de RCING.
18.4. RCING adoptará las medidas precisas cuando así le sea exigido por orden de la autoridad judicial o administrativa competente, así como podrá poner en conocimiento de las autoridades competentes aquellos hechos que puedan considerarse ilegales de acuerdo con la legislación vigente.18.5.RCING no prestará servicio de soporte técnico relativo a la configuración del software instalado en los equipos del cliente, programación o desarrollo de scripts o páginas ASP o diseño de bases de datos.
19. OBLIGACIONES GENERALES DE RCING
19.1. RCING ofrece al Cliente conexión a Internet en los términos y condiciones recogidos en la Oferta Comercial.
19.2. El Punto de Terminación de Red constituye el punto físico y lógico donde se presta y termina el servicio que ofrece RCING. Este punto se materializa en el inyector de corriente (POE), en el que se conecta por una parte el cable Ethernet, proveniente de la Antena (Red Operador) y por el otro los equipos del Cliente (Red Usuario). RCING no es responsable, de forma enunciativa que no limitativa, de la instalación, configuración y/o mantenimiento de elementos físicos o lógicos ubicados a partir del PTR, sean éstos o no propiedad del Cliente, tales como cableados, equipos electrónicos o aplicaciones software.
19.3. En cualquiera de las modalidades contratadas, RCING se obliga a entregar y mantener el Servicio con la configuración descrita en la Oferta Comercial vigente. Se entiende por avería cualquier interrupción de Servicio, o mal funcionamiento del Servicio, o variación respecto de lo descrito en dicha oferta comercial. En caso de que exista o se detecten posibles indicios de avería, RCING comprobará si efectivamente existe avería y, en ese caso, asegurará la restitución del servicio con la configuración descrita en dicha Oferta Comercial. Para ello podrá actuar remotamente o acceder hasta las instalaciones del Cliente, únicamente en el caso de que RCING lo considere necesario, para actuar sobre algún elemento de la red ubicado en el tramo comprendido hasta el PTR. En el caso de que en el curso de una intervención en que se realice un acceso a las instalaciones del Cliente, se demuestre fehacientemente que la causa de la avería está producida por una manipulación indebida de los equipos de RCING por parte del Cliente, o bien que no existe avería, RCING se reserva el derecho de repercutir al Cliente los costes incurridos por dicha actuación. En cualquier caso, la manipulación indebida de equipos de RCING por parte del Cliente exime a RCING de cualquier responsabilidad sobre el servicio.
19.4. RCING proporcionará al Cliente en exclusiva un identificador y una contraseña personal para que pueda acceder al Servicio y a las aplicaciones alojadas en la Plataforma Informática de RCING. El Cliente deberá mantener ambas en la más estricta confidencialidad bajo su exclusiva responsabilidad, asumiendo por tanto cuantos daños o consecuencias se pudieran derivar del quebrantamiento o revelación del secreto. El identificador y la contraseña para acceder al Servicio son exclusivos para el acceso contratado y en el lugar contratado.
19.5. RCING será responsable de la guarda y custodia de la Plataforma Informática ubicada en un recinto gestionado por esta y correctamente acondicionado.
19.6.RCING no será responsable por los daños y perjuicios de cualquier clase que pudieran deberse al conocimiento por parte de terceros de las condiciones, características y circunstancias del uso de Internet por el Cliente o que puedan deberse al acceso y, en su caso, a la interceptación, eliminación, alteración o modificación en cualquier modo de los contenidos y comunicaciones de toda clase que los clientes transmitan, difundan, almacenen, reciban o accedan a través de los servicios contratados. RCING no será responsable de los daños y perjuicios que puedan deberse a la presencia de virus o cualquier elemento lesivo en los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos o a los que se acceda a través de los servicios contratados.
19.7. La responsabilidad de RCING estará, en todo caso, y para cualquier tipo de daño, limitada al precio abonado por el Cliente durante el periodo de vigencia del Contrato. En ningún caso será responsable del lucro cesante.
19.8. RCING no se responsabiliza, en el caso de traspasos de servicios de Internet desde otro proveedor, de las posibles penalizaciones que el Cliente pueda incurrir por incumplimiento del Contrato del servicio suscrito entre el Cliente y el otro proveedor. Tal como se establece en el Objeto del presente Contrato, el Cliente autoriza a RCING a realizar el traspaso al firmar el presente Contrato.
20. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL (Consentimiento Clientes).
Radiocable Ingenieros, S.L. en cumplimiento de los arts. 7 y 13 del Reglamento Europeo 2016/679 y del art. 6 de la LOPDGDD 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantías de los derechos Digitales, le informa que los datos personales aportados por usted, van a ser almacenados en el Registro de Actividades de Tratamiento como, Clientes Internet de la Empresa. La finalidad de éste es poder realizar una eficaz gestión de los servicios prestados a nuestros clientes, así como realizar la facturación de los mismos, siendo almacenados dichos datos hasta la finalización de la relación profesional salvo en el caso de aquellos cuyo almacenamiento posterior en el tiempo respondan a obligaciones legales existentes. Dichos datos personales no serán comunicados a países no miembros de la UE, ni cedidos a ningún tipo de organización, ni pública ni privada, salvo a los que por razones de obligaciones legales y para la prestación de los servicios ofertados, así haya que hacerlo.
Igualmente se informa de la posibilidad del acceso a la información propia del Cliente por parte de los trabajadores y otros profesionales tales como la gestoría, el gestor de las aplicaciones informáticas…etc, garantizando el máximo nivel de confidencialidad ya regulado. (La empresa dispone de toda la información relativa a los trabajadores, empresas y/o profesionales para que pueda ser consultada previa solicitud).
Así mismo, el impago de todos o algunos de los servicios contratados por el Cliente, facultará a Radiocable Ingenieros, S.L. a comunicar este extremo a las entidades de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, según la normativa aplicable a tal efecto, previamente comunicado al Cliente. La duración de este tratamiento se efectuara incluso una vez se haya terminado el presente contrato excepto para aquellas finalidades que devengan inaplicables tras la terminación del mismo.
En virtud del principio de calidad de datos, se obliga al Cliente a comunicar por escrito a Radiocable Ingenieros, S.L. cualquier error que pudiera apreciar en sus datos personales y/o en la facturación del servicio, mediante escrito por correo certificado con acuse de recibo o cualquier otro medio que permita tener constancia de la recepción por parte de Radiocable Ingenieros, S.L., a fin de que se proceda a rectificar los datos o la facturación. En caso de no ejercer el derecho de rectificación de la forma descrita, ambas partes considerarán que los datos que obran en los sistemas de la compañía son ciertos a todos los efectos.
Los afectados podrán ejercitar ante el Responsable del Tratamiento o ante su Delegado de Protección de Datos, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento, retirar el consentimiento en este documento aceptado e incluso interponer reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Responsable del Tratamiento:
Radiocable Ingenieros, S.L.
C/ Deifontes, Parcela R-230-B. Polígono Juncaril.18220.Albolote. Granada
Tlf.- 958 998100. E-mail: radiokable@radiokable.net
Delegado de Protección de Datos.
Datasur Protección de Datos S.L.
Paseo Jerónimo de Rueda s/n Edf. CIE Marcelino Camacho. 18195. Cúllar Vega. Granada
Tlf.- 958 958 230 E-mail: dpd@data-sur.com. Chat: www.data-sur.com
21. ATENCIÓN AL CLIENTE.
El CLIENTE puede dirigirse al Servicio de Atención al CLIENTE que RK pone a su disposición los días laborables de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 20:00, dirigiéndose a los puntos de atención al CLIENTE publicados en radiokable.net, a las oficinas principales que RK tiene en Albolote, Granada, Calle DeifontesParc. R-230-B, Polígono Industrial Juncaril o en el teléfono 958 998 100. Asimismo, podrá contactar las 24 horas del día, dejando un mensaje en nuestro buzón de voz o a través del email: radiokable@radiokable.net para información y otras consultas o para cuestiones técnicas.